Después de llevar años alzando la voz ya es una realidad: las víctimas del amianto por fin van a poder recibir una compensación económica por los daños causados en su salud. Una reivindicacion histórica de los afectados que el Gobierno central ha encauzado este martes después de que el Consejo de Ministros haya hado luz verde al procedimiento para reconocer a las víctimas de la exposición al amianto una indemnización como consecuencia de los perjuicios producidos sobre su salud.
El Ejecutivo de Pedro Sánchez ha aprobado así un Real Decreto en el que se establecen los «requisitos y el procedimiento» para reconocer el derecho de la compensación económica para las víctimas del amianto, que percibirán una indemnización a través de un pago único. El importe económico que recibirán variará en función de las afecciones sufridas derivadas de la exposición al amianto, según informan desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
En este sentido, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) aplicará el siguiente baremo dependiendo de las patologías: Asbestosis, 32.207,08 euros; cáncer de laringe, 48.310,62 euros; cáncer de pulmón, 64.414,16 euros; y mesotelioma, 96.621,24 euros. En el caso de que el afectado sufra varias patologías, tal y como señalan desde el ministerio dirigido por Elma Saiz, se aplicará el baremo que corresponda a la de mayor gravedad.
La propia ministra ha asegurado que de este modo «reparamos los daños y perjuicios causados sobre miles de víctimas, que llevan mucho tiempo esperando esta respuesta, tras sufrir una exposición al amianto en el ámbito laboral, doméstico o ambiental». «Es una cuestión de justicia para estos ciudadanos y sus familiares», ha insistido.
Podrán presentar la solicitud de la compensación quienes acrediten que existen las patologías previstas y que han sido causadas por la exposición al amianto. Así, el texto aprobado este martes reconoce la condición de beneficiario a quien haya obtenido el reconocimiento administrativo o judicial firme de una pensión de incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional ocasionada por el amianto; o tengan derecho de cobro a una indemnización, por sentencia judicial firme, siempre que no hubieran podido ejecutar la sentencia total o parcialmente. Asimismo, también serán beneficiarias los que padezcan una enfermedad de las anteriormente mencionadas; y las causahabientes de quienes tengan reconocida esta condición, ya que son los que reciben los derechos de otros, señalan desde el ministerio.

Fuente : El diario Vasco